Estimadas familias:
Hemos tenido acceso al documento enviado al Centro desde el Servicio Provincial sobre el transporte escolar de fecha 12 de junio, al que hacíamos referencia en la entrada del sábado 15 de junio.
Lo transcribimos para que podáis conocerlo.
Estando próxima la finalización del curso escolar 2012/2013 y con objeto de dar cumplimiento, a partir del próximo curso 2013/2014, a lo establecido en la Orden de 14 de Mayo de 2013, (BOA 11 de junio) de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se dictan normas para la organización y funcionamiento del servicio complementario del transporte escolar en la Comunidad Autónoma de Aragón, le comunico lo siguiente:
1º.- El artículo 2.1 de dicha Orden establece que " tienen derecho a recibir las prestaciones propias del servicio de transporte escolar de forma gratuita aquellos alumnos que, por no disponer de oferta educativa en su localidad de residencia, deban desplazarse a un centro docente público ubicado en otra localidad próxima, ...... o bien en aquellas otras circunstancias que determine la administración educativa por necesidades de escolarización debidamente acreditadas,...."
2º.- Dando cumplimiento al citado artículo, a partir del próximo curso escolar todos aquellos alumnos que residan en un lugar en el que en su localidad existe centro educativo no tienen derecho al servicio de transporte escolar gratuito, debiendo por tanto ir por sus propios medios al centro correspondiente.
3º.- Desde este Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, atendiendo a "necesidades de escolarización debidamente acreditadas", autoriza de forma EXCEPCIONAL, el mantenimiento de las Rutas 30, 31, 32 y 33 en las siguientes condiciones:
Podrán hacer uso excepcionalmente de cada una de dichas rutas todos aquellos alumnos que residan en lugares a más de 4 Kmts. del centro escolar. A su vez podrán utilizar el transporte escolar los alumnos que hasta este momento hacen uso de él, de forma ya excepcional, residentes a menos de 4 Kmts. del centro escolar. Deberán tener en cuenta que si en un momento determinado no hay suficiente alumnado que resida a más de 4 Kmts. la ruta correspondiente será suprimida en ese momento.
4º.- Como todos estos alumnos excepcionalmente transportados no tienen derecho a la prestación gratuita del servicio de comedor, pueden solicitar beca de comedor.
5º.- Para cualquier duda pueden contactar con la Sección de Alumnos, quien se ocupa específicamente de estos temas. También saben que pueden contar con el asesoramiento del Inspector del centro.
No hay comentarios :
Publicar un comentario