sábado, 28 de enero de 2017

Las funciones generales, los derechos y, también las obligaciones del/ AMPA.



A grandes rasgos resumimos las funciones, derechos y deberes del/a AMPA, la nuestra y la de toda aquella que se precie.

Había empezado a marcar en rojo todo lo que me parecía más que interesante...pero como al final me quedaba casi todo en ese color...lo dejo como estaba inicialmente.


LISTADO DE FUNCIONES GENERALES DEL/A AMPA 

 Fomentar la formación y participación de las familias en la AMPA, el centro y los órganos de gobierno.
 Asegurar la calidad educativa.
 Establecer mecanismos coordinados con el profesorado y el alumnado del centro, para asegurar el buen funcionamiento del mismo.
 Apoyar a las familias con necesidades educativas especiales.
 Generar recursos que aseguren el conocimiento y la recepción de la información por parte de las familias de las actividades y labores del AMPA, de la vida del centro escolar y de los deberes y derechos de las familias.
 Generar un clima positivo dentro de la comunidad educativa.
 Reforzar los objetivos y valores del Proyecto Educativo del Centro mediante diferentes actividades educativas.
 Participar activamente en la gestión y organización del centro.
 Participar en todas las fases del Proyecto Educativo del Centro Escolar, desde su elaboración hasta su revisión.
 Constituir un nexo de unión entre el Municipio y el Centro Escolar.
 Defender la educación de los alumnos, así como sus derechos.
 Desarrollar y elaborar actividades extraescolares y complementarias dentro de la programación anual, en colaboración con diferentes empresas especializadas.
 Desarrollar movimientos reivindicativos hacia los organismos públicos cuando sea necesario.
 Defender los intereses de las familias y de la calidad pedagógica en colaboración con otras AMPA.
 Fomentar la participación voluntaria de familias, asociaciones y otros colectivos en favor del desarrollo educativo del centro.
 Atender a las familias, en lo que a necesidades y demandas se refiere y ofrecer soluciones siempre que sea posible.
 Representación y participación en el consejo escolar.

OTRAS FUNCIONES AMPA RESPECTO A SUS ASOCIADOS

 Organizar charlas, debates, mesas redondas y otras actividades formativas para orientar a las familias, especialmente al principio de curso.
 Realizar un boletín de la AMPA que se hará llegar a todos los socios de la asociación.
 Establecer una escuela de padres y madres que aborde temas de interés para las familias.
 Implicarse en todo lo que acontezca en el centro e informar a los asociados sobre ello.
 Atender individualmente y colectivamente a las familias y escuchar sus problemas, sugerencias y demandas.
 Realizar un seguimiento del comedor escolar y su funcionamiento.
 Crear grupos de trabajo que promuevan el enriquecimiento de las familias y las
personas relacionadas con el centro escolar.
 Coordinar junto a las familias las actividades extraescolares y complementarias del
centro, escuchando sus demandas y fomentando la educación integral de los alumnos.
 Potenciar los derechos de las familias.
 Promover la participación de los padres y madres en las elecciones al consejo escolar
y otras actividades organizadas por la AMPA.
 Desarrollar viajes y fiestas para los alumnos y familias, con el fin de mejorar la
convivencia del centro.


...y si tenéis más interés...

DERECHOS DEL/A AMPA SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE

1. Tener un Local
Obligatoriamente, el centro escolar deberá facilitar al AMPA el uso de un espacio específico o un local (si las instalaciones y los medios lo permiten, será un espacio de uso exclusivo para la asociación).
Este local se utilizará para reuniones del AMPA, desarrollo de actividades, guardar la documentación del AMPA, actividades y funciones internas etc…
Para más información, consultar el Real Decreto 1537/03, del 5 de Diciembre, donde se establecen según la legislación los requisitos mínimos de los centros escolares.

2. Utilización de instalaciones y medios del centro.
El Consejo Escolar, a través de los RD 82/96 y RD 83/96 regulará el uso del centro.
Los medios e instalaciones del centro se podrán utilizar siempre que no se interfiera en las actividades dispuestas en la PGA (Programación General Anual). Además, la asociación deberá garantizar y comprometerse al uso responsable de las mismas.
A pesar de lo dispuesto en esta disposición, La AMPA tiene el derecho de utilizar las instalaciones e infraestructuras del centro fuera del horario lectivo del centro, siempre que se comprometa a un uso correcto de las instalaciones y la asociación no se quiera lucrar con dicho uso. De este modo, podrá realizar asambleas, sesiones formativas e informativas, así como juegos, actividades culturales, deportivas o lúdicas para los alumnos del centro.
Podrá solicitar el uso de otras instalaciones para la realización de actividades extraescolares, así como pedir a la Dirección del centro otros medios disponibles para la realización de las mismas, de acuerdo a lo establecido en el RO (Reglamento Orgánico) o el RRI (Reglamento de Régimen Interior).

3. Uso extraordinario de las instalaciones del centro.
El/la AMPA tiene prioridad en el uso del centro, por delante de cualquier otro organismo o entidad. Para usar las instalaciones de forma puntual fuera del horario lectivo, la AMPA deberá realizar un escrito a la Dirección del centro, con 2 días hábiles de antelación a la fecha en las que se vayan a utilizar.

...y como no hay dos sin tres...nuestros derechos y obligaciones, que también las hay...que lo sepáis.


OBLIGACIONES ASOCIADOS AMPA SEGÚN LA LEGISLACIÓN (LO 1/02)

Colaborar y establecer los medios necesarios para cumplir las finalidades y objetivos de la asociación.
 Desarrollar y asegurar el cumplimiento de los acuerdos y obligaciones establecidas por los órganos de Gobierno, representantes de la asociación, miembros o cualquier disposición reflejada en los estatutos.
Pagar derramas, cuotas o gastos extraordinarios que vengan contemplados en los estatutos y corresponda compartir con los socios de la asociación.
 Cumplir cualquier obligación adicional contemplada en los estatutos, que tener los tenemos y poco más o menos dicen lo que aquí se contempla, pueden ser leídos en nuestras oficinas del centro escolar cuando así lo queráis.

...muy importante también lo que informamos a continuación:

DERECHOS ASOCIADOS DEL/A AMPA SEGÚN LA LEGISLACIÓN (LO 1/02)

Ser informados sobre los Órganos de Gobierno, su composición, representantes, estado de las cuentas de la asociación y el desarrollo de las actividades.
Participar en la asociación y sus actividades, en los Órganos de Gobierno y sus representantes, asistir a la Asamblea General y ejercer su derecho a voto de acuerdo a lo contemplado en los estatutos.
Revisar e impugnar, si es preciso, los acuerdos de los diferentes órganos de la asociación, especialmente en los casos donde se vulneren las disposiciones de la ley o los estatutos.

Expresar su punto de vista y ser escuchado antes de recibir medidas disciplinarias por actuaciones que vayan en contra de los intereses de la asociación, debiendo recibir una justificación por parte de los Órganos de Gobierno si recibe una sanción.


no te satures, asimila lo leído, pero si aún puedes con más...eres un valiente...déjalo para otro día.


Ya ha llegado ese nuevo día, así que os dejo la situación idílica, incluso para los finlandeses, 

¡que lo sepáis!

En mi opinión la siguiente lectura es más enriquecedora y amena que la anterior:


Funciones Del Ampa. Todo Lo Que Necesitas Saber
en este informe de "pequeños talentos" se describe el/la AMPA ideal, clica en el siguiente enlace:


Ahora sí que estaréis bien informados y con pocas ganas de volver a leerlo, pero lo tenéis aquí por si os aprieta la necesidad.

P.D. Os aseguro que he hecho lo imposible por que, donde las obligaciones, no saliese en rojo lo de la Colaboración o lo de las Cuotas y Derramas...pero este teclado mío hace lo que le da la real gana, sorry!

Salu2.

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